19 Feb DEROGACIÓN DEL DESPIDO OBJETIVO POR ABSENTISMO.
El Ejecutivo ha derogado el artículo 52.d. del Estatuto de los Trabajadores que permitía a las empresas despedir de forma objetiva (con 20 días de indemnización por año trabajado) a los empleados que cumplieran un número de faltas de asistencia a pesar de que estuvieran justificadas por una baja médica. Este artículo, aprobado con la reforma laboral del Partido Popular del año 2012, autorizaba el despido por faltas...